Por: Adrián David Campos Cárdenas.
En la actualidad los sistemas de contratación de las empresas han ido variando, notándose una gran disminución en el esquema vía nómina, sobresaliendo la contratación mixta, Jorge Morán, Especialista en Comunicación
Laboral, nos ayuda a entender mejor en qué consisten los esquemas de contratación mixtos.
Para entender cómo funcionan los esquemas de contratación debemos de saber primero que las relaciones obrero-patronales se encuentran reguladas por la Ley Federal del Trabajo. “También le son aplicables la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Impuesto Sobre la Renta.” Comenta Morán.
Bajo este principio fundamental del derecho al trabajo, podemos afirmar que cualquier colaborador – sin importar si su patrón se llame empresa, gobierno, fábrica o un particular – todos ellos se encuentran relacionados entre sí, desde el momento en que se reciba una compensación económica a cambio de una fuerza laboral, conocimientos y experiencia.
Tal compensación puede llegar a ser un esquema de pago con bonos de productividad, participaciones de utilidad, apoyos o vales de despensa y otros conceptos que usualmente son integrados al salario del empleado.
Sin embargo, existen otras prácticas que en un intento de reducir sus gastos muchos patrones o directivos toman la decisión de entrar en esquemas de pago por Honorarios, Tercerización o de Pago Mixto, es de esta manera en que las empresas “logran disminuir el pago de impuestos y la carga social relacionados con la nómina, lo cual ciertamente tiene efectos para el colaborador.” Puntualiza Morán.
Ahora bien un contrato mixto es la clase de contrato en la que una parte del pago al trabajador se realiza en dinero por una cantidad fija y determinada, recibiendo también otra cantidad de dinero variable, de acuerdo con Jorge Morán “dicha cantidad depende de las ganancias patronales”, es decir en forma mixta, “ya que participa del contrato a sueldo o jornal y del contrato en participación de los beneficios del empleador.”
La remuneración es mixta cuando…
Además del sueldo o salario fijo, el trabajador en el producto del negocio del empleador, en concepto de retribución recibe otros “pagos”, pero éstos no son declarados ante la federación.
Como es de imaginar en nuestro país, “no podía falta un esquema donde se buscara lo mejor de ambas modalidades de contratación: por un lado el reducir al máximo el costo social de la nómina, para mantener las prestaciones de los empleados e incrementar la base de deducción fiscal,” nos comparte Jorge Morán, naciendo así el contrato mixto.
En el pago mixto el empleado tiene oficialmente dos patrones: uno donde se trabaja con un salario cercano al mínimo encontrándose registrado ante el Seguro Social, y otro donde el empleado trabaja por honorarios asimilables a sueldos y salarios; siendo que usualmente las dos empresas facturan a una tercera que es donde realmente trabaja la persona por concepto de tercerización.
Contrato Mixto, ¿benéfico o perjudicial?
Con la contratación mixta tienes las prestaciones de ley porque estás contratado legalmente, sí, pero con una base salarial mucho menor de lo que realmente ganas., para entenderlo de mejor manera Jorge Morán nos compartió un ejemplo:
“Supongamos que ganas 10 mil pesos al mes, pero estás registrado ante el Seguro Social por $1000.
Si estuvieras de incapacidad por un mes, en lugar de recibir el apoyo de 10 mil que es lo que usualmente ganas, lo recibirías tan solo por los mil pesos. Al buscar una casa con el INFONAVIT, en vez de darte un crédito que pueda ser cubierta por tus 10 mil pesos mensuales, te autorizarán un crédito menor ya que sólo tienes, oficialmente, mil pesos para el crédito y los gastos de tu casa. Y qué decir del retiro… No es lo mismo pensar en una pensión de mil pesos que en una de diez mil.”
Adicionalmente dependes de que tu patrón acepte pagar el aguinaldo y prima vacacional en base al total de tus ingresos y no sólo por los mil pesos que oficialmente ganas, “ya que no está obligado a contemplar los ingresos por honorarios dentro de estas prestaciones.” De acuerdo con Jorge Morán.
El Reparto de Utilidades sigue las mismas premisas que en la tercerización: queda a discreción del patrón darlas o no. Igualmente hay consecuencias de que se te pague por honorarios asimilables a sueldos y salarios o a través de recibos de honorarios, ya que con este último esquema, como ya vimos, es posible que requieras de los servicios de un contador público.
¿Qué hacer para sacar provecho a este tipo de contratación?
- Realiza aportaciones voluntarias a tu AFORE para tu retiro, completando de esta forma lo que te están dejando de retener. Es una buena idea utilizar para ese fin el “ahorro” por concepto precisamente de Seguridad Social que veíamos en uno de los párrafos anteriores.
- Otra opción es que contrates un Fondo para el Retiro con alguna aseguradora, cubriendo los pagos precisamente con el ahorro mencionado.
- Genera una provisión para tener un “colchón” ante alguna enfermedad o convalecencia prolongada.
- Si piensas sacar una casa recuerda esta antigua máxima: Hablando se entiende la gente. “Es muy posible que tu patrón acepte elevar tu base salarial de cotización como excepción sobre los que ya tienen su casa o no planean sacarla en el corto plazo.” Finalizó Morán.
En base a lo anterior, ¿conoces a alguien o tú estás bajo este esquema de contratación mixta, qué opinas?
El autor, Adrián Campos, es egresado de la carrera de Comunicación por la UAM, cuenta con más de 8 años de experiencia en el área de Tecnologías de la Información, ha colaborado con diversos medios como: Mundo Contact, La Hora del Tech, así mismo ha trabajado para los columnistas Darío Celis y Mauricio Flores. Se le puede seguir en @El_Campos, en Twitter.
Estoy muy de acuerdo en todo este artículo. Solamente en el apartado que se refiere al reparto de utilidades, no. Ya que es obligación del patrón o empresa al final de cada año de ejercicio fiscal. Si es que hay utilidad, el otorgar dicho reparto. Independientemente si el sistema de salario es mixto o no. Es un derecho y obligación del patrón que esta estipulado en la ley federal del trabajo. Aún bajo en esquema de outsourcing.
Salvador,
Muchas gracias por compartir tu experiencia en este espacio. Te invitamos a que continúes leyendo y comentando en el sitio de Reclu IT.
¡Muy buen lunes!
El artículo está muy bien fundamentado.
Con respecto al pago de utilidades, si bien son un derecho del trabajador y una obligación del patrón, esta definido que su cálculo se basa por un lado en el salario del trabajador y por otro lado en el tiempo laborado, por lo que SI afecta el hecho de con cuanto salario esté registrado el trabajador
José
Muchas gracias por participar en este espacio y enriquecer la información con tus comentarios. Te invitamos así mismo y cuando lo creas conveniente también compartas observaciones y mejoras para el sitio.
¡Excelente tarde!
Hola. Muchas gracias por la información. Lamentablemente perdi mi empleo derivado de los «recortes» que ya en todos lados existen. Mi perfil esta orientado a temas de consultoria y opte por esta modalidad de pago ya que es lo mas comun en este pais desde hace ya varios anios atras. Trate de evitarlo pues vengo de estar 17anios bajo el esquema tradicional de nomina y prestaciones de ley. Tal cual muestran el caso en este articulo asi es mi situacion. Mi recomendacion es AHORRAR y comprar SGMM y Seguro de Vida por cuenta propia. No es facil aceptar este esquema siendo cabeza de familia pero las nuevas leyes en tema fiscal no ayudan mucho a los empresarios que estan optando por este metodo. gracias
Gustavo
Agradecemos compartas en este espacio tu experiencia en el tema, opinión, que sin duda orientará a otros lectores en semejante situación laboral.
¡Excelente día!
Buen día.
Si bien hace 10 o 15 años esta practica era de alguna manera «ilegal», hoy día se ha vuelto muy popular para las empresas, pero a largo plazo, perjudicial para los trabajadores.
En lo particular, lo conveniente es tomar este esquema si se presenta la situación, y 5 o 6 años antes del retiro buscar que el sueldo real se declare completo ante el IMSS para lograr una buena pensión.
José,
Gracias por compartir esta alternativa con el resto del foro, la cual estamos seguros será de utilidad para varios de nuestros lectores.
¡Excelente tarde!
Ho
Me gustaría saber si el esquema mixto de pago entra lo que es la pensión sobre el monto total o solo lo que te dan de alta ante la ley o por la cantidad que te estas contratando
Saludos
Me gustaría saber si el esquema mixto de pago entra lo que es la pensión alimenticia sobre el monto total o solo lo que te dan de alta ante la ley o por la cantidad que te estas contratando
Saludos
En mi opinión y la de varios expertos, estos esquemas de contratación tienen pocos beneficios. Si bien son mejores que simplemente trabajar por honorarios, definitivamente tampoco es saludable salir del mercado laboral legal bajo la bandera de ganar un poco más, que será dinero que terminará siendo aportado personalmente a lo que le corresponde a la empresa.
Hola, he tenido ofertas bajo este esquema y aunque muy tentadoras las he rechazado, me pueden contestar, los que perciben por fuera el resto de su sueldo(Fuera de la Nomina) lo tienen que declarar ante el SAT?
Pues yo no estoy de acuerdo en reparto de utilidades y aguinaldos al trabajador yyyyy aunque este en la ley» son leyes echas por un gobierno que vive del pueblo, solo el 4%de las personas logra tener independencia financiera…. Porque???????? Pues porque se la parte y se la ingenia como salir adelante sintener que andarle cargando al gobierno y su patron el ezfuerso que no hacen!!! Mi punti de viste y disculpen lo que para mi es una realidad.
A todos los involucrados, les recuerdo que este sistema de contratación es ilegal de acuerdo a la ley federal del trabajo.
Anexo enlaces: http://mundoejecutivo.com.mx/economia-negocios/2013/02/28/subsisten-practicas-ilegales-bajo-figura-outsourcing
El título de esta publicación debería llamarse «Cómo sacarle provecho a la ilegalidad».
Estoy completamente de acuerdo con RecruiterHater, esto es ilegal, he estado buscando trabajo y en la mayoría de las empresas ofrecen ese esquema de contratación, y donde a pesar de manejar la contratación por outsourcing ofrecen dar de alta con el salario real, siempre mencionan que el esquema mixto es porque esas empresas son evasoras de impuestos.
Hola a todos
quiero compartir mi experiencia en este sistema mixto y agradeceré su apoyo para aclarar algunas dudas y opiniones que tengo.
La empresa donde trabajo de echo me hizo un contrato por 260 Horas al mes y por proyecto nunca me menciono el tipo de salario que tenia mixto y yo no tenia idea de como funcionaba, hasta que me di cuenta con mi recibo de nomina , como me variaban mi sueldo y la otra parte era en compensación .
Mi pregunta es esto esta permitido en este sistema mixto?
Ya que veo que mi sueldo va disminuyendo cada quincena y la compensación va en aumento. al final recibo la misma cantidad de dinero cada mes , pero en realidad me afecta por la aportación al retiro y el beneficiado es el patrón que paga menos aportación al IMSS
Me gustaría que me pudieran apoyar con sus opiniones .
Gracias
Saludos
Hola veo que hay mucha inquitud y dudas de como nos afectaría financieramente este tema.
Hoy justamente me ofrecen un sistema mixto, esto es totalmente desconocido para mi, y después de laborar por mas de 15 años con el esquema tradicional; no se si deba aceptarlo.
Lo interesante es que el autor de este articulo NO le interesen nuestras dudas… Si las empresas lo utilizan. ¿Es por qué legalmente se puede utiliazar?… ¿Es ilegal?
¿Pdemos tomar alguna acción?… como MEXICANOS… ¿No hacemos nada?…
Hola a todos. Actualmente me encuentro buscando una oportunidad en alguna empresa que me permita tener crecimiento, ya que en la empresa que actualmente me encuentro llevo laborando ya 10 años y me han caído ofertas tentadoras a mas no poder en cuestión salarial bajo esquema mixto, nada mas que no se si tomarlas en cuenta ya que mi situación económica lo necesita pero después de percibir un esquema salaria tradicional, el involucrarme con una contratación mixta me conflictua saber que hacer. Alguien me puede apoyar a convencerme que debo hacer?
Yo estoy en tramite de una casa con una aseguradora, he leido el articulo y si bajo lo que me prestan en Infonavit. La pregunta es: La constructora que esta llevando lo de mi credito podra seguir adelante? estoy a escasos días de firmar escrituras
Hola buena tarde, tengo una gran duda , yo estuve 15 dias trabajando para una empresa con este esquema, desafortunadamente tuve una incidencia familiar y tuve q renunciar, mi sueldo era de 11400 aprox. M pagaron mi primera quincen 8800 ,la segunda obviamente ya no. Al segundo dia , después de a quincena me comentaron que tenia q reembolsar 2830 , es viable esto ? :/
Es posible tener dos empleos uno donde el esquema sea 100% nomina y otro donde tr encuentres en un esquema mixto?
yo trabaje unos meses así, y cuando termine mi relación laboral salieron con que les debia 1500 pesos porque mi salario no alcanzaba para pagar infonavit ni fonacot, cabe mencionar que cuando adquirí estas deudas ganaba el doble de lo que me pagaban en este outsorcing, y el infonavit y Fonacot no ayudan mucho, creo que ganare mas vendiendo chicles en los semáforos.
Hola a todos. Actualmente me encuentro buscando una oportunidad en alguna empresa que me permita tener crecimiento, ya que en la empresa que actualmente me encuentro llevo laborando ya 11 años y me han caído ofertas tentadoras a mas no poder en cuestión salarial bajo esquema mixto, nada mas que no se si tomarlas en cuenta ya que mi situación económica lo necesita pero después de percibir un esquema salaria tradicional, el involucrarme con una contratación mixta me conflictua saber que hacer. Alguien me puede apoyar a convencerme que debo hacer?
EN EL CASO DE CONTRATACIÓN MIXTA, DEBEN LOS COLABORADORES PRESENTAR DECLARACIONES ANUALES POR SER PAGADOS POR 2 PATRONES, AUN CUANDO NO SUPEREN LOS 400 MIL PESOS DE INGRESOS ANUALES??
Se tiene que declarar ante el sat este ingreso, es decir yo estoy como persona fisica RIF y con esquema mixto, lo que se me pague por esquema mixto que adicional a lo declarodo ante el IMSS se tendra que declarar y pagar impuestos?
Para los que cotizamos con el esquema del 97, que ya casi somos la mayoría y viendo que en el afore así como rinde también quitan, creo que no es tan mal sistema de pago. Lo que si debe de tener cada uno en cuenta es el buscar la forma de empezar a tener un ahorro como lo mencionan en el articulo y la contratación de un SGMM como es mencionado en uno de los comentarios. En fin, si uno quiere trabajar a veces no le queda de otra.
En caso de un despido injustificado, teniendo este tipo de pago, se toma en cuenta todos tus ingresos o solo los que están registrados en el imms